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Abreviado versus Juicio oral

Durante el proceso penal llega un momento en que, al no existir otras alternativas como un acuerdo, la persona imputada se encuentra ante una importante decisión. Aceptar someterse a un procedimiento abreviado, o dejar que el caso continúe hasta que se realice un juicio oral. En términos simples, el procedimiento abreviado permite finalizar el caso sin la necesidad de un juicio, aceptando los hechos de la investigación. Esto generalmente conlleva una reducción de pena, acceso a “beneficios” o penas sustitutivas, etc. En cambio, en el juicio oral, la Fiscalía debe acreditar los delitos para obtener una condena que eventualmente será mayor que aquella que pudo haber sido negociada en al abreviado. Si no se logra acreditar el delito el tribunal absolverá al acusado. Es decir, la persona debe decidir si prefiere aceptar una condena con una pena menor o arriesgarse en el juicio buscando la absolución.

Para el que se considera inocente la decisión es especialmente compleja, es sumamente difícil aceptar en un abreviado hechos respecto de los cuales se tiene la convicción que no se han cometido, pero el tribunal del juicio oral puede llegar a la conclusión contraria y en ese caso la pena que se arriesga es más alta. Por otro lado, quien sabe que es culpable y es consciente que en el juicio oral no logrará ser considerado inocente, buscará obtener un buen arreglo y terminar el caso con un abreviado aceptable.

A lo anterior, se agrega otro factor. Las últimas modificaciones legales, parecen ir cerrando puertas a obtener rebajas de condena vía procedimiento abreviado -en tanto recortan los “beneficios”- y presionan al sistema a celebrar una mayor cantidad de juicios orales.

Por todo lo anterior, la labor del abogado defensor es crucial para orientar a la persona imputada en esta disyuntiva.

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